Después de agotadores meses de búsqueda y mucha ilusión, por fin encuentras la vivienda que estabas buscando. Es un proyecto de obra nueva al que le queda casi un año para su entrega. Has estudiado todos los trámites necesarios para adquirir una vivienda en España y estás decidido a dar el salto. Sin embargo, es posible que surjan dudas y temores sobre si puedes perder el dinero entregado si la obra no se completara o si la promotora quebrase. En este artículo, exploraremos este problema y brindaremos información útil para ayudarte y aliviar tus inquietudes.
La Ley 57/1968 regula las cantidades anticipadas percibidas en la construcción y venta de viviendas. Esta ley exigía que los promotores garantizaran la devolución de las cantidades entregadas más un 6% anual mediante un contrato de seguro o garantía solidaria otorgada por una aseguradora autorizada o por un banco, respectivamente, debidamente autorizados y “en caso de que la construcción no se inicie o no no llegara a buen término por cualquier causa en el plazo pactado. También se contemplaba la devolución en caso de no obtener la licencia de primera ocupación o la cédula de habitabilidad.
Posteriormente, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), en vigor desde el 6 de mayo de 2000, recogió el cobro de anticipos para la construcción, manteniendo el régimen de garantía de la Ley 57./1968 con algún matiz.
En relación con esta cuestión, quizás lo más novedoso sea la reciente doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que impone la responsabilidad solidaria en la devolución de las cantidades, de aquellas entidades bancarias que permitan al promotor ingresar cantidades a cuenta sin exigir la apertura. de una cuenta ni la correspondiente garantía en forma de aval. Digamos que se incrementa la función de control de los bancos en la observancia de la debida diligencia para preservar los intereses de los compradores-consumidores.
En resumen, las leyes españolas protegen al comprador-consumidor en caso de que una promoción no se inicie o no finalice con éxito por cualquier motivo en el plazo acordado. Además, los bancos tienen un papel importante en la observancia del cumplimiento legal y deben exigir una cuenta especial o garantía para garantizar la devolución del dinero entregado a cuenta. Espero que esto le ayude a comprender mejor sus derechos como comprador-consumidor.
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